Con esta tipificación, la Ley deja la puerta abierta a cualquier fondo o sociedad de inversión no financiera distinta de las IIC inmobiliarias, que deberán ser aprobadas por el Ministro de Economía o, con su habilitación expresa, por la CNMV.
Con esta tipificación, la Ley deja la puerta abierta a cualquier fondo o sociedad de inversión no financiera distinta de las IIC inmobiliarias, que deberán ser aprobadas por el Ministro de Economía o, con su habilitación expresa, por la CNMV.